Ecobonus y Sismsbonus: fecha límite 28 de febrero de 2020 para la transferencia de crédito

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Ecobonus y Sismabonus: el inminente plazo para la transferencia de crédito para las obras realizadas en 2021. Cuando expira el plazo, cómo hacerlo, qué formulario utilizar. Dónde entregar o enviar el formulario. Quién es el responsable de realizar la comunicación.

El plazo para la comunicación de la transferencia de crédito relativa a Ecobonus y Sismabonus , en relación con las obras realizadas en el año natural 2021 , está fijado para el 28 de febrero de 2020 . Mismo plazo para comunicar la transferencia de la deducción del IRPF por las intervenciones de rehabilitación de edificios que se realicen para conseguir el ahorro energético según el artículo 16-bis, apartado 1, letra h, de la TUIR.

Es importante recordar a los contribuyentes italianos que a partir del 1 de enero de 2020 ya no es posible elegir entre la deducción fiscal y la transferencia de crédito , correspondiente a un descuento realizado por el proveedor en la factura, respecto de las obras y obras realizadas con el fin de mejorar. la eficiencia energética del hogar.

Fecha límite de comunicación

La comunicación para la cesión del crédito correspondiente a la deducción debida por las obras relativas a Ecobonus o Sismabonus deberá ser:

  • enviado electrónicamente a la Agencia Tributaria o
  • entregado a las oficinas locales

estrictamente dentro del 28 de febrero de 2020 .

Cómo realizar la comunicación para la cesión de crédito

Para comunicar correctamente la transferencia de crédito relativa a la obra realizada, deberá utilizar el formulario y seguir las instrucciones publicadas en la web de la Agencia Tributaria el 31 de julio de 2021.

La comunicación debe contener los siguientes datos , por lo que es mejor tener a mano la siguiente información solicitada:

  • nombre y código fiscal de la persona con derecho a la deducción;
  • tipo de intervención realizada;
  • gasto total incurrido;
  • año de incurrir en el gasto;
  • monto total de la contribución solicitada - descuento en la factura - o del crédito transferible (igual a la deducción adeuda);
  • Datos catastrales del inmueble objeto de la intervención.

Entonces es necesario indicar:

  • nombre y código fiscal del proveedor;
  • fecha en la que se ejerció la opción;
  • consentimiento del proveedor para ejercitar la opción y confirmación del reconocimiento de la contribución, en forma de descuento del mismo importe sobre la contraprestación debida por la intervención realizada.

Quién tiene que hacer la comunicación

La comunicación debe ser realizada por el contribuyente que tiene derecho a la deducción , en lo que respecta a las obras que se realicen en unidades inmobiliarias individuales , siempre por vía electrónica o acudiendo a las oficinas de la Agencia Tributaria.

El administrador , por su parte , en relación con las obras concernientes al condominio , comunicará la cesión del crédito a través del flujo utilizado para la transmisión de los datos necesarios para la elaboración del modelo 730.

En ambos casos , recordemos, la fecha límite es el 28 de febrero de 2020 .