Estufas y chimeneas de bonificación 2020: cómo funciona

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Cómo aprovechar las retenciones por ahorro energético (50%) en la compra de chimeneas y estufas. la posibilidad de eco-bonificación y reestructuración. Documentos necesarios, cómo funciona la desgravación fiscal.

La Ley de Estabilidad también ha confirmado para el año calendario 2020 la posibilidad de aprovechar las deducciones fiscales en la compra e instalación de estufas y chimeneas . A continuación indicamos cuáles son los requisitos específicos a cumplir.

Hay dos posibilidades para disfrutar del bono fiscal:

  1. renovación de edificios
  2. recalificación energética

Deducción por chimeneas y estufas para rehabilitación de edificios

La instalación de chimeneas o estufas prevé la posibilidad de una deducción del 50% , hasta un máximo de 96.000 € , distribuidos en cuotas anuales del mismo importe durante 10 años, en el caso de la compra e instalación de una chimenea o estufa si se realiza en como parte de un proyecto de renovación de un edificio.

La instalación debe ser de chimenea o estufa con una eficiencia no menor al 70% , parámetro que es certificado por el instalador en un documento escrito, entregado al final de la obra.

La deducción por ahorro energético solo está permitida para:

  • propiedades ya inscritas en el Registro de la Propiedad
  • inmueble con trámite de registro en curso

Por tanto, no es posible recurrir a la deducción del 50% para la instalación de chimeneas y estufas en edificios nuevos.

Deducción por chimeneas y estufas por recalificación energética

Tiene derecho a una desgravación fiscal incluso en el caso de una remodelación energética o sin haber iniciado una renovación del edificio.

Los generadores, para optar a la deducción, deben cumplir requisitos específicos :

  • Rendimiento nominal no inferior al 85%.
  • Cumplimiento de la normativa local para generadores y biomasa
  • Cumplimiento de las clases A1 y A2 de las normas UNI EN 14961-2 para pellets y UNI EN 14961-4 para astillas de madera .

Gastos incurridos por:

  • compra
  • reemplazo total o parcial
  • instalación de productos y sistemas de biomasa para calefacción

pueden disfrutar de la deducción fiscal del 50%, hasta un máximo de 30.000 €, con desglose en 10 cuotas anuales del mismo importe.

Con un ejemplo podemos aclarar mejor. Admitamos que gastamos un total de 10.000 € para la compra e instalación de la estufa.

El contribuyente puede deducir 500 € cada año durante 10 años (5.000 € es el 50% de 10.000 €, dividido en 10 partes iguales se convierte en 5.000 €: 10 = 500 €).

Deducción por chimeneas y estufas: cómo hacerlo.

Para beneficiarse de la deducción del 50% en la instalación de una chimenea o estufa, es importante prestar la máxima atención a la documentación necesaria, que debe solicitarse a la empresa que realiza la obra y que debe conservarse con cuidado.

En cuanto al método de pago para aprovechar las deducciones, se distingue:

  • los que no tengan ingresos comerciales deberán pagar los gastos incurridos por transferencia bancaria o postal, llamado locutor ;
  • Quien sea el titular de la renta empresarial está exento de la obligación de pago mediante transferencia oral. En este caso, deberá aportar otro tipo de documentación adecuada, como el recibo de pago mediante tarjeta de débito o crédito.

En cualquier caso, sea cual sea la forma de pago, la siguiente información debe ser clara:

  • motivo del pago , con referencia a la ley (artículo 16-bis del Decreto Presidencial 917/1986)
  • código fiscal del beneficiario de la deducción
  • código fiscal o número de IVA del destinatario del pago
  • número de factura y fecha