Caída en un edificio de apartamentos: ¿derecho a indemnización por daños?

¿Qué sucede si se cae por las escaleras o se resbala por el suelo dentro de un edificio de apartamentos? Esto es lo que debe hacer y quién está obligado a pagar una indemnización por el daño sufrido.

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¿Qué sucede si se cae por las escaleras o se resbala por el suelo dentro de un edificio de apartamentos? Esto es lo que debe hacer y quién está obligado a pagar una indemnización por el daño sufrido.

¿Alguna vez te has metido en el atrio de un condominio o en las escaleras?

Más allá del dolor de la lesión sufrida, se ha preguntado si podría tomar medidas para recuperar el resto del daño .

Pues bien, la parte lesionada puede emprender acciones legales para quejarse de los daños por caída sufridos aprovechando el hecho de que el hecho ocurrió dentro de las partes comunes.

Dueño de condominio de las partes comunes

El condominio como persona jurídica es responsable de los daños causados ​​por las partes comunes utilizadas por los condominios individuales.

Al ser el propietario de estas partes, el condominio debe, de hecho, proporcionar el mantenimiento ordinario .

Indemnización por daños por omisión de custodia

En caso de que, por lo tanto, el Condominio no cumpla con la carga de mantenimiento constante de las partes comunes, será responsable por el incidente contra el condominio de conformidad con el artículo 2051 del Código Civil.

El cuerpo del condominio al mantener las partes comunes ejerce un control físico sobre ellas. Para este poder tiene la obligación de poner en marcha todas las medidas cautelares encaminadas a evitar el riesgo de hechos lesivos a terceros.

Indemnización por daños: quién paga

En los últimos tiempos, efectivamente, se han incrementado los reclamos de indemnización contra los condominios por daños por caídas en el uso de las partes comunes .

La persona lesionada puede reclamar una indemnización por los daños sufridos directamente contra el cuerpo del condominio.

El caso más frecuente se refiere a la caída generada por el uso de las escaleras del condominio resbaladizas por la ausencia de mantenimiento ordinario.

Dado que el condominio tiene la obligación de vigilar el estado de "salud" de las partes comunes (escaleras, ascensor, jardín), se requerirá mantenimiento ordinario omitido o parcial , para compensar los daños directos resultantes de la peligrosidad de los bienes comunes.